sábado, 13 de noviembre de 2010

SIP y libertad de expresión

En la asamblea anual de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) celebrada en México, Honduras fue incluida en la lista de países en donde se efectúan “campañas de acoso” a la libertad de expresión.

La ubicación de Honduras, en la que también se incluye a México y Brasil, es por el asesinato de 14 periodistas, en lo que va de 2010, siete de ellos en México, cinco en Honduras y dos en Brasil, según la cuenta de la SIP.

Esta organización americana de dueños de medios de prensa declara su preocupación porque esos asesinatos –que en Honduras no son cinco sino nueve—quedan impunes, y, por lo tanto, se dispone a “trabajar para poner fin a estos crímenes y su impunidad”.

De igual manera, en el reciente Examen Periódico Universal (EPU), del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, efectuado en Ginebra, también el señalamiento fue acentuado en el asesinato de los nueve periodistas, en relación con la libertad de expresión, destacando así la atención hacia los derechos humanos.

Es evidente que el énfasis en el asesinato de periodistas es obligado por tratarse de una situación sumamente grave que concierne a la defensa de los derechos humanos y al ejercicio del periodismo en nuestro país.  Pero también parece estar sirviendo de estratagema para desviar la atención respecto a otras graves violaciones a la libertad de expresión, principalmente las perpetradas durante el golpe de Estado del 28 de junio/09 y el régimen siguiente.

La SIP mostró una tibia posición de condena durante el golpe de Estado y el período de facto, siguiendo su tradicional comportamiento de disimulo en lo que toca a los desmanes contra la libertad de expresión en los regímenes autoritarios de ultraderecha y de marcada denuncia hacia los atentados de la ultraizquierda, de acuerdo con su patrón ideológico.

Para ilustrar esta situación basta con reparar en el desinterés sobre el reciente sobreseimiento definitivo a favor de cuatro ex-funcionarios del gobierno de facto de Micheletti que participaron en el cierre y secuestro de los equipos de transmisión del Canal 36 de televisión y de Radio Globo, en Tegucigalpa, practicado el 28 de septiembre/09 en cumplimiento de un decreto ejecutivo ilegal, aún en estado de sitio, en violación del artículo 73 de la Constitución.

Dicho artículo establece: “Los talleres de impresión, las estaciones radioeléctricas, de televisión y de cualquiera otros medios de emisión y difusión del pensamiento, así como todos su elementos, no podrán ser decomisados ni confiscados, ni clausuradas o interrumpidas sus labores por motivo de delito o falta en la emisión del pensamiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que se haya incurrido por estos motivos de conformidad con la ley”.

Sobre ese acontecimiento, que afecta no sólo la libertad de expresión sino la libertad de empresa privada, no hay alusión alguna en las conclusiones de la SIP, no obstante que la Corte Suprema de Justicia --partícipe en el golpe de Estado-- ha ratificado el sobreseimiento fallado por la jueza Martha Murillo, demostrando con ello que, en cuanto a la libertad de expresión en Honduras, todo sigue igual, a merced de la impunidad y la inseguridad jurídica.

Fuente: tiempo.hn

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